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Posesión Para la Venta de Cocaína y Cocaína Base - HS 11351 y 11351.5

La cocaína es una sustancia química extraída de las hojas de la planta de la coca. La cocaína se caracteriza por ser una sustancia controlada de la Lista II. Las características de la droga que le otorgan esta designación son que tiene un alto potencial de abuso, que actualmente se acepta para uso médico con considerables restricciones, y cuyo abuso puede provocar una grave dependencia psicológica o física.

La Ley de Sustancias Controladas distingue entre "cocaína y sus sales" y "cocaína base ". Sin embargo, el Tribunal Supremo de los Estados Unidos dictaminó en el caso DePierre contra los Estados Unidos que la pasta de coca, el producto químico intermedio y todas las formas de cocaína, también se consideran cocaína base. Por lo tanto, los estatutos que definen la posesión de cocaína base y que requieren penas adicionales se aplican a la posesión de todas las formas de cocaína.

Para probar el delito de Posesión de Cocaína o Cocaína Base con fines de venta, el fiscal debe demostrar que un individuo poseía la droga, sabía que era una sustancia controlada y la poseía con la intención de venderla. Los hechos del caso específico pueden o no sugerir que la droga fue poseída con ese propósito. Algunos factores o "indicios" para la venta incluyen la forma en que la droga estaba empaquetada, la cantidad de droga que la persona poseía en el momento de la detención, si el individuo tenía grandes cantidades de dinero en efectivo con ella o recibos de una cantidad correspondiente a la cantidad empaquetada de la droga, si tenía una báscula u otro dispositivo de medición, y si había alguna evidencia de contabilidad u hojas de pago.

¿Cuáles son las Sanciones Para la Posesión o Compra de Cocaína con Fines de Venta?

La posesión o compra de cocaína en polvo con intención de venderla es un delito grave castigado con dos, tres o cuatro años de prisión y una multa máxima de 20,000 dólares. Las penas de prisión y las multas aumentan para cantidades superiores a un kilogramo. [Código de Salud y Seguridad de Cal. Health and Safety Code, Secciones 11351 y 11370.4, Código Penal, Sección 1170]. Las sanciones adicionales pueden incluir la confiscación de bienes, vehículos y beneficios gubernamentales, así como largas penas de prisión o libertad condicional y multas cuantiosas con evaluaciones adicionales.

Penas por Posesión o Compra de Cocaína Base Para la Venta HS 11351.5

La posesión o compra de hasta un kilogramo de cocaína base o crack con la intención de venderlo es un delito grave castigado con tres, cuatro o cinco años de prisión y una multa máxima de 20,000 dólares por cada delito. [Código de Salud y Seguridad de Cal., Secciones 11351.5, 11372, y Código Penal, Sección 1170(h)].

*Las penas de prisión y las multas aumentan sustancialmente para cantidades superiores a un kilogramo: de tres a 25 años adicionales de prisión y multas adicionales de hasta 8,000,000 de dólares [Código de Salud y Seguridad de Cal., Secciones 11370.4 y 11372].

Defensas

Algunas defensas incluyen que la persona no poseía la droga, que la poseía para uso personal, o que no sabía que la tenía o que era droga. Los abogados solicitarán una moción de exclusión para desestimar la evidencia en caso de un registro e incautación ilegal. Cada caso varía con base en los hechos, al igual que cada defensa. Una persona acusada de posesión con fines de venta debe ponerse en contacto con un abogado inmediatamente para comenzar el proceso de defensa de la acusación.

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