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Desacato a la Corte en Aliso Viejo

Desacato al Tribunal PC 166 en Aliso Viejo

El desacato se produce cuando un juez considera que alguien está desafiando o ignorando indebidamente la autoridad del tribunal, y se clasifica como penal o civil. El desacato penal se produce cuando el desacatador interfiere en la capacidad del tribunal para funcionar correctamente. El desacato directo se produce en presencia del tribunal. Un ejemplo sería gritar al juez o negarse a testificar de una manera irrespetuosa y/o que impida el funcionamiento del tribunal. El desacato indirecto se produce fuera de la presencia del juez, y es el caso más frecuente del desacato civil. El desacato civil ocurre cuando alguien no se adhiere a una orden del tribunal o no cumple una orden judicial. Por ejemplo, alguien que no paga la manutención de los hijos ordenada por el tribunal o que no cumple una orden de custodia de los hijos puede ser castigado por desacato civil.

En la ciudad de Aliso Viejo y en el estado de California, el "desacato al tribunal" se refiere esencialmente al comportamiento que es irrespetuoso con el tribunal o su proceso. El propósito de la acusación de "desacato al tribunal" es afirmar la autoridad del tribunal y mantener su dignidad y respeto.

Comportamiento definido como desacato al tribunal

El artículo 166 del Código Penal de California define la conducta que el tribunal definiría como "desacato al tribunal". Algunas de las conductas consideradas como irrespetuosas y, por lo tanto, como "desacato al tribunal" incluyen:

  • Interrumpir los procedimientos judiciales de manera impropia. Por ejemplo, gritando excesivamente en un procedimiento judicial
  • Publicar un relato sumamente inexacto/falso de los procedimientos judiciales
  • Desobedecer deliberadamente los términos de un requerimiento u orden judicial
  • Negarse a prestar juramento como testigo o negarse a responder a una pregunta importante cuando no existe una excepción legal para hacerlo
  • Violación deliberada y consciente de una orden de protección/alejamiento que implique abuso de ancianos, abuso de adultos dependientes o abuso doméstico
Defensa contra el PC 166

Para defenderse de un cargo de PC 166, usted necesita un abogado defensor experto que pueda representarlo y probar lo siguiente:

  • Que usted no sabía o carecía de los conocimientos necesarios. Por ejemplo, no sabía que había una orden judicial porque se envió por correo a una dirección equivocada
  • No actuó intencionadamente. Por ejemplo, visitó un cine donde casualmente se encontró con una persona a la que el tribunal le había ordenado que se mantuviera alejada o
  • Se le ha acusado falsamente de estar en desacato al tribunal

Otra defensa que podría utilizarse es que usted simplemente no pudo cumplir la orden. Debido a esto, el desacato no fue hecho voluntariamente y por lo tanto no satisface todos los elementos de lo que se define como desacato al tribunal. Esta es una defensa común para las personas a las que el tribunal les ordena pagar la manutención de los hijos u otros cargos, pero no tienen la capacidad financiera para hacerlo.

Es importante llamar a un abogado de defensa penal tan pronto como sea posible, para la mejor defensa a ser estratégicos. Podemos defenderle en Johnson Criminal Law Group. Llame a nuestro bufete de abogados inmediatamente.

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