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Cultivo de Marihuana – HS 11358

El cultivo de cualquier cantidad de marihuana, a menos que sea autorizado por la ley, es un delito castigado con hasta tres años en prisión. Sin embargo, las leyes relacionadas al cultivo son complicadas y en constante evolución en la situación política actual respectio al uso de la marihuana medicinal y recreativa. Si usted ha sido acusado, o está siendo investigado por un delito relacionado al cultivo de marihuana, no hable con nadie y comuníquese con Johnson Criminal Law Group para obter la información más reciente respecto a las consecuencias a las que podría enfrentarse.

Toda persona que plante, cultive, coseche, seque o procese cualquier tipo de marihuana o cualquier parte de la misma, salvo que la ley disponga lo contrario, será castigada con prisión de conformidad con la subdivisión (h) de la Sección 1170 del Código Penal. Código de Salud y Seguridad, Sección 11358

Según el CalCrim, para demostrar que el acusado es culpable de este delito, el Pueblo debe probar que:

  1. El acusado plantó, o cultivó, o cosechó, o secó, o procesó de manera ilegal una o más plantas de marihuana;
  2. Y
  3. El acusado sabía que la sustancia que él o ella plantó, o cultivó, o cosechó, o secó, o procesó era marihuana.

[Marihuana se refiere a toda o parte de la planta Cannabis sativa L., ya sea en crecimiento o no, incluyendo las semillas y la resina extraídas de cualquier parte de la planta. También incluye todo compuesto, fabricación, sal, derivado, mezcla o preparación de la planta, sus semillas o su resina. No incluye los tallos maduros de la planta; la fibra producida a partir de los tallos; el aceite o productos horneados elaborados a partir de las semillas de la planta; cualquier otro compuesto, creación, sal, derivado, mezcla o preparación de los tallos maduros, excepto la resina extraída de ellos, la fibra, el aceite o productos horneados; ni la semilla esterilizada de la planta, que es incapaz de germinar].

Una defensa para un cargo de cultivo es la Ley de Uso Compasivo. El CalCrim establece:

[La posesión de marihuana es legal si está autorizada por la Ley de Uso Compasivo. Para que se aplique la Ley de Uso Compasivo, la defensa debe presentar pruebas que tiendan a demostrar que su posesión o cultivo de marihuana fue (con fines médicos personales o como cuidador principal* de un paciente con una necesidad médica) con la recomendación o aprobación de un médico. La cantidad de marihuana poseída debe estar razonablemente relacionada con las necesidades médicas actuales del paciente. Si usted tiene una duda razonable sobre si la posesión o el cultivo de marihuana del acusado fue ilegal bajo la Ley de Uso Compasivo, debe declarar al acusado no culpable.

Si usted es cuidador principal de un paciente que utiliza marihuana medicinal, y ha sido acusado de posesión ilegal o cultivo de marihuana, dese la mejor oportunidad a una defensa penal eficaz y llame a la Sra. Johnson sin demora para discutir los detalles de su caso.

*Un cuidador principal es alguien que ha asumido de manera constante la responsabilidad de la vivienda, la salud o la seguridad de un paciente que puede poseer o cultivar marihuana legalmente.

Póngase en contacto con la abogada defensora del condado de Orange, Ms. Johnson-Norris, si se le acusa de cultivar para asegurarse de que sus derechos estén protegidos.


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